La Asamblea General, integrada por todas las personas socias, es el órgano supremo de gobierno de la ONG Balanced World, la cual se encuentra representada por su Junta Directiva.
JUNTA DIRECTIVA
Todos los cargos que componen la Junta Directiva son gratuitos, serán designados y revocados por la Asamblea General y su mandato tendrá una duración mínima de 2 años.
Las funciones de la Junta Directiva, así como de cada uno/a de sus miembros se regulan a través del procedimiento establecido en nuestros Estatutos. |
Organización y funciones de la asamblea general.
La Asamblea General está integrada por todas las personas socias. Se reunirá, de forma ordinaria, una vez al año y, de forma extraordinarias, cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del/la presidente/a, cuando la Junta Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una décima parte de las personas socias con derecho a voto. Las convocatorias de la Asamblea General se publican, por escrito y públicamente, quince días antes de su celebración, en nuestra página web, expresando el lugar, día y hora de la reunión. El orden del día de la reunión será facilitado por escrito a cuantas personas socias lo soliciten, a través del procedimiento que se establece en el Reglamento de Régimen Interno de la Asociación. Las Asambleas Generales quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella un tercio de las personas socias con derecho a voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de personas socias con derecho a voto. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas presentes.
Para ser socio/a de la ONG Balanced World es necesario tener capacidad de obrar y querer apoyarnos en el desarrollo de nuestros fines. Tal y como se establece en nuestros Estatutos existen diferentes tipos de socios/as.
SOCIOS/AS FUNDADORES/AS | Serán aquellos/as que participen en el acto de constitución de la Asociación. |
SOCIOS/AS COOPERADORES/AS | Serán aquellos/as que ingresen después de la constitución de la Asociación y abonen las cuotas periódicas que se establezcan y colaboren activamente y de forma continua y solidaria, en las actividades que se implementen desde la Asociación para el cumplimiento de sus fines. El procedimiento de inscripción de los socios/as cooperadores y su organización, se regulará conforme al Reglamento de Régimen Interno de Socios/as. |
SOCIOS/AS DE NÚMERO | Serán aquellos/as que ingresen después de la constitución de la Asociación y no abonen las cuotas periódicas que se establezcan. El procedimiento de inscripción de los socios/as de número y su organización, se regulará conforme al Reglamento de Régimen Interno de Socios/as. |
SOCIOS/AS DE HONOR | Serán aquellos/as que, por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores de tal distinción. El nombramiento de los socios de honor corresponderá a la Junta Directiva. |
*El procedimiento de inscripción de los socios/as cooperadores y de número y su organización, se encuentra regulado conforme al Reglamento de Régimen Interno.
Información actualizada a 26 de febrero de 2024